Respuesta :
Respuesta:
En cuanto al subsidio familiar lo perciben los empleados públicos casados o con unión marital de hecho vigente, por la cónyuge o compañera permanente y por los hijos, es una prestación social y en ningún caso hace parte del salario o constituye factor salarial.
Respuesta:
Tienen derecho a percibirlos los trabajadores con vínculo laboral vigente que: 1. Tengan a su cargo uno o mas hijos menores de 18 años. 2. Cuando los hijos llegan a la mayoría de edad cursando estudios Superiores o Universitarios, se extenderá este beneficio hasta la culminación de los mismos, por un máximo de 6 años.