Respuesta :
Respuesta:
Dependiendo si ese establecimiento sea escuela privada o pública, si es privada tiene un abogado general legalmente establecido mediante escritura pública ante notario y si es pública, mediante la secretaria de educación con su director jurídico
Explicación:
Respuesta:
En las escuelas públicas es el director o coordinador ya que tiene distintos nombres y en las escuelas privadas el abogado certificado